LITISCONSORCIO PASIVO NECESARIO. LOS HECHOS DEBEN PROBARSE EN RELACIÓN CON TODOS LOS LITISCONSORTES.
Texto de la tesis
En el litisconsorcio pasivo necesario, las partes son en principio autónomas en sus afirmaciones, hasta el punto de que pueden tener en juicio una actitud contradictoria. En este sentido, si alguno de los litisconsortes reconoce un hecho en tanto que el otro lo discute, el hecho tiene entonces que ser acreditado en relación con ambos y de otra manera no puede en la sentencia considerársele probado. En efecto, en esa clase de litisconsorcio la sentencia debe ser uniforme para todos, sin que proceda condenar a uno con base en su confesión y absolver a otro por falta de prueba, dado que ello cond...
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