MARCAS COLECTIVAS. SU NOCIÓN Y FACTORES A CONSIDERAR PARA DETERMINAR LA PROCEDENCIA DEL REGISTRO DE LAS QUE CONTENGAN UNA INDICACIÓN GEOGRÁFICA.
Texto de la tesis
Se consideran marcas colectivas, de conformidad con el Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial y la Ley de la Propiedad Industrial, aquellos signos visibles que distingan productos o servicios de una asociación o sociedad de productores, de otros de su misma especie o clase en el mercado, cuyo objeto sea destacar el origen geográfico, material, modo de fabricación u otras características comunes de los bienes y servicios que se pretenden amparar y que se utilizan, generalmente, para promocionar productos o servicios característicos de una región, generando un marco de c...
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