COMISIÓN DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN. EL ARTÍCULO 50, PÁRRAFO CUARTO, DEL CÓDIGO NÚMERO 307 ELECTORAL PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE AL ESTABLECER QUE AQUÉLLA ESTARÁ ENCARGADA DE CONVENIR LAS TARIFAS PUBLICITARIAS CON MEDIOS DISTINTOS A LA RADIO Y TELEVISIÓN DURANTE EL PROCESO ELECTORAL RESPECTIVO, SIN QUE PREVEA ALGÚN OTRO ÓRGANO QUE LO HAGA FUERA DE ÉSTE, ES CONSTITUCIONAL.
Texto de la tesis
El citado precepto al prever que la Comisión de Medios de Comunicación estará encargada de convenir las tarifas publicitarias con medios distintos a la radio y televisión durante el proceso electoral respectivo, sin que establezca alguna otra autoridad que se haga cargo de ello fuera de éste, es constitucional, ya que de la interpretación del artículo 113 del Código Electoral de Veracruz que establece que el Consejo General del Instituto Electoral Estatal es el órgano superior de dirección, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electo...
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