IUSera
Registro digital 160428 · Tesis aislada · 10a. Época · I.1o.P.115 P (9a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA. LA AUTORIDAD QUE HAYA CONOCIDO DEL AMPARO ESTÁ OBLIGADA A ORDENAR LA LIBERTAD DEL QUEJOSO, SI LA RESPONSABLE NO PUEDE HACERLO POR ESTAR EN SU PERIODO VACACIONAL.

Constitucional y Amparo Penal Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Cuando una autoridad responsable se encuentra de vacaciones y no cuenta con superior jerárquico, formal y materialmente no se le puede exigir el cumplimiento en ese momento; no obstante, si este periodo vacacional excede del plazo de tres días que fija el artículo 111 de la Ley de Amparo para ejecutar la sentencia en donde se ordena la libertad de una persona y si dicha sentencia se emitió para tales efectos, el Juez de Distrito, la autoridad que haya conocido del juicio o el Tribunal Colegiado de Circuito, deberán ordenar la excarcelación del quejoso, en consideración a que, por un lado, dich...

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