DECLARACIONES DEL COIMPUTADO EN UNA AVERIGUACIÓN PREVIA. NO PUEDEN FORMAR PARTE DEL ACERVO PROBATORIO DE UN JUICIO QUE VERSA SOBRE HECHOS RELACIONADOS.
Texto de la tesis
El contenido de las declaraciones hechas por el coimputado en una averiguación previa no puede tomarse en consideración hasta que éste rinda su declaración frente a un juez -no ante la contraparte de su coinculpado en el juicio, a saber: el Ministerio Público-. En efecto, la indicada declaración no puede formar parte del acervo probatorio que obre en la causa, a menos que sea desahogada ante el juez, es decir, hasta en tanto la prueba pueda someterse al contradictorio de las partes, ya que si bien se ha considerado que el Ministerio Público actúa con carácter de autoridad durante la fase de av...
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