IUSera
Registro digital 160399 · Tesis aislada · 10a. Época · III.2o.P.277 P (9a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

INCIDENTE NO ESPECIFICADO. LAS RESOLUCIONES QUE DECIDEN SU MATERIA PRINCIPAL, SEA A TRAVÉS DE LA TRAMITACIÓN CORRESPONDIENTE O DE PLANO, SON IMPUGNABLES A TRAVÉS DEL RECURSO DE APELACIÓN (LEGISLACIÓN PROCESAL PENAL FEDERAL).

Penal Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

El artículo 367, fracción V, del Código Federal de Procedimientos Penales señala que son apelables en el efecto devolutivo: los autos en que se conceda o niegue la libertad provisional bajo caución; los que concedan o nieguen la libertad por desvanecimiento de datos, y los que resuelvan algún incidente no especificado. Ahora bien, la determinación en la que de plano, y aun sin mayor tramitación, el juzgador de instancia resuelve el fondo y con ello les da solución a los problemas jurídicos específicos planteados en esa incidencia no especificada, por abordarse de forma frontal esa problemática...

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