TRABAJADORES DOCENTES QUE OCUPAN TEMPORALMENTE ALGUNA PLAZA DE BASE DE EDUCACIÓN ELEMENTAL PENDIENTE DE SER ASIGNADA POR EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN MAGISTERIAL. AL SER INTERINOS, NO ADQUIEREN DERECHOS SOBRE AQUÉLLA NI PUEDEN CONSIDERARSE DE BASE, SIN IMPORTAR EL TIEMPO QUE HUBIESEN OCUPADO EL PUESTO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CHIAPAS).
Texto de la tesis
De conformidad con los artículos 11, 12 y 15 del Reglamento de Selección de Docentes de Educación Básica del Estado de Chiapas, podrán aspirar a una plaza docente de base de educación elemental las personas que cumplan los siguientes requisitos: 1. Estar titulados en las carreras de licenciado en educación primaria, educación secundaria, educación telesecundaria o educación física; 2. Someterse al procedimiento de evaluación previsto en la convocatoria publicada en cada ciclo escolar por la Comisión Técnica Estatal de Selección; y, 3. Obtener la calificación mínima fijada en la convocatoria, a...
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