IUSera
Registro digital 160337 · Jurisprudencia · 10a. Época · XIX.1o.P.T. J/18 (9a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

TRIBUNAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE PARA LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE TAMAULIPAS. ANTE LA AUSENCIA DE REGULACIÓN LABORAL EN EL ÁMBITO MUNICIPAL DE ESA ENTIDAD, DEBE APLICAR LAS LEGISLACIONES REGLAMENTARIAS DEL ARTÍCULO 123 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.

Laboral y Seguridad Social
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Texto de la tesis

Por decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de marzo de 1987, se estableció en el artículo 115, fracción VIII, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que las relaciones de trabajo entre los Municipios y sus trabajadores se regirán por las leyes que al efecto expidan las Legislaturas de los Estados, a las cuales no se les permitió asignar contenidos propios ni originales, sino adaptar el artículo 123 de la propia Constitución y sus disposiciones reglamentarias. Asimismo, en los artículos primero y segundo transitorios del citado decre...

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