BAJA DE UN MILITAR POR HABER SIDO DECLARADO PRÓFUGO DE LA JUSTICIA POR PARTE DE UN TRIBUNAL AL QUE HA SIDO CONSIGNADO. ÓRGANO COMPETENTE PARA CONOCER DEL AMPARO PROMOVIDO EN SU CONTRA.
Texto de la tesis
Conforme al inciso B de la fracción II del artículo 170 de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, el acuerdo de baja de uno de los miembros de las fuerzas armadas, que emite el Secretario de la Defensa Nacional, tiene como presupuestos la resolución del tribunal militar que declara prófugo de la justicia al militar consignado, así como el procedimiento administrativo ante la Secretaría de la Defensa Nacional, al que es emplazado por medio de la publicación en la Orden General de la Plaza de México. Por lo tanto, el componente que determina a la autoridad administrativa a dictar...
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