COSTAS EN MATERIA MERCANTIL. ES PROCEDENTE SU CONDENA AL ACTOR CUANDO UN DEMANDADO ES ABSUELTO DE LAS PRETENSIONES RECLAMADAS, AUN CUANDO OTRO DE ELLOS HAYA SIDO CONDENADO.
Texto de la tesis
Del análisis del numeral 1084 del Código de Comercio, se desprende que la condena en costas en juicios mercantiles es mixta (objetivo, previsto por las cinco fracciones que lo integran, y subjetivo, que se actualiza cuando alguna de las partes procede con temeridad o mala fe, según el prudente arbitrio del juzgador); y obedece a que toda persona que de manera injustificada entable un juicio contra otra, o se vea desfavorecida con el fallo respectivo, compense los gastos erogados por la parte a la que llevó al procedimiento litigioso (criterio objetivo); así como que la persona que accione la m...
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