ASESOR JURÍDICO DEL AYUNTAMIENTO. ES TRABAJADOR DE CONFIANZA EN TANTO QUE CUENTA CON CARACTERÍSTICAS PERSONALES QUE PERMITEN CONFERIRLE LOS ASUNTOS QUE DEBEN TENER TAL CARÁCTER (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MICHOACÁN).
Texto de la tesis
El artículo 5o. de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Michoacán de Ocampo y de sus Municipios, señala en forma genérica, quiénes son considerados por la ley como trabajadores de confianza, de acuerdo a las funciones de dirección, vigilancia, fiscalización de orden general, manejo de fondos, valores o datos de estricta confidencialidad; en tanto la fracción V, enuncia en forma concreta los puestos que deben estimarse como de confianza en los Ayuntamientos, sin soslayarse que tal clasificación no es limitativa sino enunciativa, ya que los trabajadores no incluidos, pero que rea...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.