IUSera
Registro digital 160243 · Tesis aislada · 10a. Época · VI.1o.C.144 C (9a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

COSTAS. EL ABOGADO PATRONO NO PUEDE SER CONDENADO A SU PAGO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA VIGENTE A PARTIR DEL PRIMERO DE ENERO DE DOS MIL CINCO).

Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De conformidad con los artículos 415, 416 y 420 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla, sólo las partes son responsables de las costas que originen y serán condenadas en ese sentido de no obtener resolución favorable, debiendo indemnizar a su contraparte. Luego, en términos del diverso numeral 8 se establece a quiénes les resulta el carácter de parte, es decir, a las personas que tengan un interés en el objeto de un procedimiento y son las que pueden iniciar, por sí o sus representantes un litigio; de lo que se deduce que las partes a las que se refiere la regulación son...

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