FALTAS DE ASISTENCIA Y SEPARACIÓN VOLUNTARIA DEL EMPLEO. NO SON FIGURAS ANÁLOGAS SINO EXCEPCIONES DIFERENTES EN CUANTO A LA PARTE QUE LAS CONCRETA Y A LAS CONDICIONES PARA SU ACTUALIZACIÓN, POR LO QUE AL FIJARSE LA LITIS DEBE DETERMINARSE CUÁL DE ELLAS SE HIZO VALER PARA DESVIRTUAR EL DESPIDO.
Texto de la tesis
Cuando en las excepciones opuestas se hace referencia a faltas de asistencia, ello da la noción inicial de que operó una rescisión de la relación laboral, hecha valer por el patrón contra su trabajador, sin responsabilidad para aquél, de acuerdo con el artículo 47, fracción X, de la Ley Federal del Trabajo. En cambio, cuando se habla de separación voluntaria por parte del trabajador supone, en principio, que es éste quien manifiesta una decisión libre de su voluntad, en el sentido de no continuar en un vínculo laboral determinado (como acontece en la renuncia), a la que sigue un estado de sepa...
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