HONORARIOS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES. LA FALTA DE PACTO SOBRE SU CUANTÍA NO IMPIDE SU COBRO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).
Texto de la tesis
De lo dispuesto por los artículos 2520, 2521, 2522 y 2530 del Código Civil para el Estado de Puebla, se advierte que existen tres reglas para fijar el monto de los honorarios para el caso de la prestación de servicios profesionales, a saber: a) Por convenio; a falta de éste, b) Atendiendo a las costumbres del lugar, importancia del trabajo realizado, la situación económica del cliente y la reputación del profesionista; o bien, c) Cuando el servicio profesional está regulado por el arancel, atendiendo a sus normas para fijar el importe de los honorarios. Por lo tanto, de no existir pacto de una...
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