IUSera
Registro digital 160197 · Tesis aislada · 10a. Época · XVI.3o.C.T.3 K (9a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

PRUEBA TESTIMONIAL. EL TERCERO PERJUDICADO EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO ESTÁ FACULTADO PARA OFRECERLA A FIN DE ACREDITAR HECHOS QUE A ÉL LE INTERESA DEMOSTRAR, NO OBSTANTE QUE SU INTERÉS COINCIDA CON EL DEL QUEJOSO.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

La prueba de testigos ofrecida por uno de los tercero perjudicados en el juicio de amparo indirecto debe considerarse admisible, no obstante que los hechos que pretenda probar incidan en favor del quejoso; lo anterior es así, en virtud de que en términos del artículo 5o. de la Ley de Amparo debe ser reconocido irrestrictamente como parte, lo que lo faculta para aportar pruebas según su interés, aun cuando sea coincidente con el de alguna de las otras partes, sobre todo si se tiene presente que la litis en el juicio natural y en el de garantías es distinta, lo que implica que sólo en éste puede...

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