IUSera
Registro digital 160177 · Tesis aislada · 10a. Época · XVI.2o. (III Región) 1 K (9a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

AGRAVIOS INOPERANTES. LO SON CUANDO SE ADMITE LA LEGALIDAD DEL TRATAMIENTO DE INOPERANCIA DE LOS CONCEPTOS DE VIOLACIÓN Y NO OBSTANTE ELLO, SE INVOCA LA CAUSA DE PEDIR PARA COMBATIR ESA DECISIÓN.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Si el recurrente admite haber incurrido en un defecto técnico que condujo a que se declararan inoperantes sus conceptos de violación, no puede prevalerse de la causa de pedir para combatir el tratamiento de inoperancia y alegar, bajo la perspectiva del propio defecto, que esgrimió verdaderos motivos de disenso. De admitirse así, se incurriría en la inobservancia del principio ontológico de no contradicción, el cual implica que nada puede ser y no ser simultáneamente; entonces, no es factible que una sola cuestión con razón de ser específica, pueda imperar indistintamente en dos sentidos de nat...

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