IUSera
Registro digital 160154 · Jurisprudencia · 10a. Época · 1a./J. 5/2012 (9a.) · Primera Sala

INEJECUCIÓN DE SENTENCIA. SI DURANTE SU TRAMITACIÓN ANTE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN EL JUZGADO DE ORIGEN ORDENA LA APERTURA DE UN INCIDENTE INNOMINADO, PROCEDE DEVOLVER LOS AUTOS DEL JUICIO DE GARANTÍAS A ÉSTE.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación pueda pronunciarse sobre un incidente de inejecución de sentencia en términos del artículo 107, fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es necesario precisar si la autoridad responsable contó con los elementos suficientes para cumplir con el fallo protector, siendo uno de ellos la determinación inequívoca de los exactos extremos en que debe cumplirse dicha ejecutoria, los cuales deben fijarse por el propio órgano jurisdiccional con los elementos aportados por las partes en el juicio. Así, cuando durante la tr...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.