IUSera
Registro digital 160153 · Tesis aislada · 10a. Época · XXI.(VII Región) 1 L (9a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

JUECES CALIFICADORES. AUN CUANDO NO SE ENCUENTREN EXPRESAMENTE INCLUIDOS EN LA RELACIÓN DE TRABAJADORES CONSIDERADOS DE CONFIANZA QUE ESTABLECE LA LEY DEL SERVICIO CIVIL DEL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS DE CHIAPAS, AL CARECER DE INAMOVILIDAD Y ESTABILIDAD EN EL EMPLEO DEBEN CONSIDERARSE CON TAL CARÁCTER.

Laboral y Seguridad Social
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Texto de la tesis

El artículo 10 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Chiapas dispone que las relaciones laborales entre los Municipios y sus trabajadores se regirán por la ley que al efecto expida el Congreso del Estado, con base en lo dispuesto por los artículos 123, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 62 de la Constitución Política del Estado. Así, la Ley del Servicio Civil del Estado y los Municipios de Chiapas es la legislación que rige la citada relación laboral, según sus artículos 1o., 2o. y 3o.; y no obstante que su numeral 6o., fracción V, señala un catálogo...

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