TERCERO EXTRAÑO POR EQUIPARACIÓN EN EL AMPARO. TIENE ESE CARÁCTER EL SÍNDICO DE LA QUIEBRA DE UNA EMPRESA DEMANDADA EN EL JUICIO LABORAL.
Texto de la tesis
Si el síndico de la quiebra de la empresa demandada en el juicio laboral acude al juicio de amparo ostentándose como tercero extraño por equiparación, es evidente que se ubica en ese supuesto de procedencia de la acción constitucional, pues acude como responsable de los bienes que componen la masa de la empresa quebrada, y será quien continúe con la representación respecto de los derechos y obligaciones que corresponden a ella, ya que con la declaratoria de quiebra de la empresa, ésta quedó privada del derecho a su administración y disposición, por lo que atañe al síndico representarla, sin qu...
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