ACUERDO DE CABILDO QUE APRUEBA LA REDUCCIÓN DE SUELDO A SUS INTEGRANTES. NO CONSTITUYE UN ACTO DE AUTORIDAD PARA EFECTOS DE LA PROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO).
Texto de la tesis
Conforme a los artículos 114 y 116 a 118 de la Constitución Política del Estado de México, el acuerdo de cabildo que aprueba la reducción de sueldo a sus integrantes, se emite con motivo de las funciones de naturaleza administrativa del Ayuntamiento, que se integra por el presidente municipal, síndicos y regidores. En ese sentido, aun cuando alguno de sus miembros se hubiese abstenido de votar, al formar parte del ente colegiado emisor de la voluntad política del citado órgano municipal, no puede considerársele como gobernado sometido al imperio de la autoridad, conforme se advierte de lo disp...
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