IUSera
Registro digital 160031 · Jurisprudencia · 10a. Época · P./J. 17/2012 (9a.) · Pleno

PARQUE NACIONAL TULUM. CONSTITUYE UN BIEN NACIONAL SUJETO A LA COMPETENCIA DE LA FEDERACIÓN, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 46 DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE.

Ambiental
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Texto de la tesis

La Ley General de Bienes Nacionales establece, entre otras cuestiones, los bienes que constituyen el patrimonio de la nación, así como el régimen de dominio público de los bienes de la Federación, señalando que son bienes nacionales, entre otros, los bienes así considerados por otras leyes, los cuales se rigen conforme a la regulación específica que prevén las leyes respectivas y, supletoriamente, por la Ley General de Bienes Nacionales en aquello que no se oponga a dichos ordenamientos. Por ende, el Parque Nacional Tulum es un bien nacional, por tratarse de un bien considerado como tal por la...

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