SEGURO SOCIAL. LOS ARTÍCULOS 39 C, 251, FRACCIÓN XV, DE LA LEY RELATIVA Y 18 DEL REGLAMENTO OBLIGATORIO PARA LOS TRABAJADORES DE LA CONSTRUCCIÓN POR OBRA O TIEMPO DETERMINADO, AUN CUANDO NO ESTABLECEN EL PLAZO PARA VALORAR LOS MEDIOS DE PRUEBA EXHIBIDOS POR EL FISCALIZADO, DETERMINAR Y NOTIFICAR PRESUNTIVAMENTE EN CANTIDAD LÍQUIDA LOS CRÉDITOS FISCALES, NO VIOLAN LAS GARANTÍAS DE LEGALIDAD Y SEGURIDAD JURÍDICA.
Texto de la tesis
De los artículos 39 C y 251, fracción XV, de la Ley del Seguro Social, así como 18 del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado, se advierte que regulan de manera expresa las facultades del Instituto Mexicano del Seguro Social para determinar y fijar en cantidad líquida los créditos en su favor, es decir, reglamentan explícitamente las facultades de determinación presuntiva y comprobación de cuotas obrero patronales, y si bien es cierto que en ellos no se establece el plazo que tiene dicha autoridad para valorar los medios...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.