IUSera
Registro digital 159945 · Jurisprudencia · 10a. Época · P./J. 27/2012 (9a.) · Pleno

APORTACIONES FEDERALES. EL ARTÍCULO 17, PÁRRAFO TERCERO, DE LA LEY DE COORDINACIÓN FISCAL PARA EL ESTADO DE OAXACA, TRANSGREDE EL PRINCIPIO DE LIBRE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA HACENDARIA FEDERAL (DECRETO NÚMERO 748, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DE ESA ENTIDAD EL 29 DE DICIEMBRE DE 2008).

Fiscal y Hacendario
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Texto de la tesis

Al establecerse en el párrafo tercero del referido precepto legal la posibilidad de que los Municipios destinen hasta el 1.5% del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal, a programas de evaluación y seguimiento en la rendición de cuentas a cargo del órgano técnico de fiscalización del Congreso del Estado de Oaxaca, provoca que dicho fondo no se ajuste a los lineamientos generales que prevé la Ley de Coordinación Fiscal respecto de las aportaciones federales, esencialmente, a lo dispuesto en el artículo 49 de la citada ley y, por ende, que violente el principio de libre a...

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