COORDINACIÓN FISCAL PARA EL ESTADO DE OAXACA. EL MECANISMO OPCIONAL PARA EL PAGO DE PARTICIPACIONES FEDERALES A LOS MUNICIPIOS, NO TRANSGREDE EL PRINCIPIO DE INTEGRIDAD DE LOS RECURSOS ECONÓMICOS MUNICIPALES (DECRETO NÚMERO 748, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DE ESA ENTIDAD EL 29 DE DICIEMBRE DE 2008).
Texto de la tesis
El artículo 8, fracción II, párrafo segundo, de la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado de Oaxaca, al establecer que los Municipios, previo acuerdo de cabildo, podrán optar por la modalidad de que el Estado (por conducto de la Secretaría de Finanzas) les entregue los recursos relativos a las participaciones federales en forma quincenal, en la cantidad que corresponda, tomando como base el 90% de los montos estimados en el Decreto que establece las Bases, Factores de Distribución, Montos Estimados y Plazos para el Pago de las Participaciones Fiscales Federales a los Municipios del Estado d...
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