COORDINACIÓN FISCAL PARA EL ESTADO DE OAXACA. EL PROPIO SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE PARTICIPACIONES FEDERALES PARA LOS MUNICIPIOS, PERMITE CUMPLIR CON LOS REQUISITOS FORMALES DE FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN INMERSOS EN EL PRINCIPIO DE INTEGRIDAD DE LOS RECURSOS ECONÓMICOS MUNICIPALES (DECRETO NÚMERO 748, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DE ESA ENTIDAD EL 29 DE DICIEMBRE DE 2008).
Texto de la tesis
A través de la regulación contenida en la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado de Oaxaca, así como en la prevista en la Ley de Coordinación Fiscal, se prevén las disposiciones atinentes a cómo deben realizarse los cálculos de las participaciones que la Federación transfiere a los Estados y éstos, a su vez, a los Municipios, y el mecanismo a través del cual se dan a conocer a éstos dichos aspectos. Lo anterior es así, porque de los artículos 11 de la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado de Oaxaca y 6 de la Ley de Coordinación Fiscal, se advierte que el Estado de Oaxaca debe: a) establ...
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