PÓLIZA. EL ASEGURADO SÓLO SE ENCUENTRA OBLIGADO A ACREDITAR AQUELLO QUE ESTÉ EXPRESAMENTE ESTABLECIDO EN AQUÉLLA, NO ASÍ EN LAS CONDICIONES GENERALES DE SEGURO.
Texto de la tesis
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, la póliza es un documento entregado por la aseguradora al asegurado, en donde deben constar las condiciones generales y particulares de lo pactado. Así, la póliza cumple con una función normativa o determinadora, porque todos los derechos y obligaciones de las partes deben constar en dicho documento, entre ellas, las cargas asumidas por las partes. En tal virtud, la póliza expedida en un contrato de seguro de accidentes personales individual debe contener las cargas que ha de satisfacer el asegurado para c...
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