DELITOS CONTRA EL AMBIENTE Y LA GESTIÓN AMBIENTAL. BIEN JURÍDICO TUTELADO EN EL TIPO PENAL PREVISTO EN EL ARTÍCULO 420, FRACCIÓN II, DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL.
Texto de la tesis
El bien jurídico tutelado directamente por el precepto mencionado es la eficacia de la declaración de veda ordenada por la autoridad administrativa, la cual es el producto final del procedimiento de elaboración de las Normas Oficiales Mexicanas, la cual requiere la protección reforzada del derecho penal. Lo anterior es así, debido a que en el tipo penal contenido en el artículo 420, fracción II, del Código Penal Federal, después de prever todos los tipos de conducta que puede realizar el sujeto activo del delito, específicamente, la captura, transformación, acopio, transportación o daño, señal...
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