IUSera
Registro digital 159891 · Tesis aislada · 10a. Época · I.3o.C.1042 C (9a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

SOCIEDADES COOPERATIVAS. NULIDAD DE ASAMBLEAS POR FALTA DE PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA CON LA ANTICIPACIÓN DEBIDA. NO ES APLICABLE SUPLETORIAMENTE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES.

Mercantil
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Texto de la tesis

La acción de nulidad, de acuerdo con los artículos 179, 168, 187, 188, 189, 190 y 191 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, tiene por objeto declarar la ineficacia de la reunión misma, por causas tales como la inexistencia de la convocatoria, que se produce no sólo ante su ausencia total, sino ante la falta de satisfacción de los requisitos que debe cumplir, o como la falta de facultades de quien la emite, entre otras. La inobservancia de las formas establecidas por esa ley para la celebración de la asamblea determina su nulidad relativa, puesto que no incidirá en ésta si a ella asisten...

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