IUSera
Registro digital 159884 · Tesis aislada · 10a. Época · XXI.2o.C.T.32 C (9a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

INCOMPETENCIA POR DECLINATORIA EN MATERIA MERCANTIL. LA OMISIÓN DE TRAMITAR LA EXCEPCIÓN RELATIVA, CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN PROCESAL RECLAMABLE EN AMPARO DIRECTO, EN TÉRMINOS DE LA FRACCIÓN X DEL ARTÍCULO 159 DE LA LEY DE AMPARO.

Mercantil Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

El artículo 1114 del Código de Comercio establece que las cuestiones de competencia podrán promoverse por inhibitoria o declinatoria y que tratándose de las suscitadas entre los tribunales de un mismo Estado, se resolverán por el respectivo tribunal de alzada; asimismo, en su fracción II establece que la declinatoria se propondrá ante el Juez que se considere incompetente. De ahí que si el Juez de primera instancia omite tramitar la citada excepción, ello constituye una violación procesal impugnable en amparo directo, en términos de la fracción X del artículo 159 de la Ley de Amparo, sin que p...

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