IUSera
Registro digital 159881 · Tesis aislada · 10a. Época · I.4o.C.335 C (9a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

PERSONAS CON DISCAPACIDAD. NO ES INCONVENCIONAL LA APLICACIÓN ANALÓGICA DEL ARTÍCULO 6O. DE LA LEY DE AMPARO (INTERPRETACIÓN DE LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS Y LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y PROTOCOLO FACULTATIVO).

Constitucional y Amparo Derechos Humanos
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El artículo 12 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, establecen que toda persona tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica y que los Estados partes reconocerán que las personas con discapacidad tienen capacidad jurídica, en igualdad de condiciones, con los demás. Adicionalmente, asegurarán que en todas las medidas relativas al ejercicio de la capacidad jurídica se proporcionen salvaguardias adecuadas y efectivas para que se respeten los derechos, la voluntad y las preferencias de las persona...

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