IUSera
Registro digital 159866 · Tesis aislada · 10a. Época · P. III/2013 (9a.) · Pleno

NACIONALIDAD MEXICANA POR NACIMIENTO. LA PROHIBICIÓN DE ADQUIRIR UNA DIVERSA, COMO REQUISITO INDISPENSABLE PARA OCUPAR DETERMINADOS CARGOS PÚBLICOS, NO ES ABSOLUTA.

Constitucional y Amparo Seguridad Pública y Nacional
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Si bien es cierto que la exigencia establecida en el artículo 32 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, consistente en ser mexicano por nacimiento y no adquirir otra nacionalidad para ocupar determinados cargos públicos, constituye una restricción para quien tiene doble nacionalidad, también lo es que no constituye una prohibición total para ocuparlos, ya que conforme a los artículos 16 y 17 de la Ley de Nacionalidad, los mexicanos por nacimiento a los que un Estado extranjero considere como sus nacionales, que pretendan acceder al ejercicio de algún cargo o función para...

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