INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL. EL APOYO Y COLABORACIÓN DE LOS ÓRGANOS EJECUTIVOS Y TÉCNICOS DEL INSTITUTO A LAS COMISIONES DEL CONSEJO GENERAL QUE PREVÉ EL ARTÍCULO 37, PÁRRAFO SEGUNDO, DEL CÓDIGO DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES DE LA ENTIDAD, NO VIOLA LA AUTONOMÍA DE LA UNIDAD TÉCNICA ESPECIALIZADA DE FISCALIZACIÓN.
Texto de la tesis
El citado precepto al prever que las Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal contarán con un secretario técnico sólo con derecho a voz, designado por sus integrantes a propuesta de su presidente y que tendrán el apoyo y la colaboración de los órganos ejecutivos y técnicos del Instituto, no viola la autonomía de la Unidad Técnica Especializada de Fiscalización, pues ello no se traduce en subordinación alguna de la Contraloría o de la referida Unidad hacia las Comisiones, en virtud de que los términos utilizados por el legislador son "apoyo y colaboración", lo...
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