IUSera
Registro digital 159845 · Jurisprudencia · 10a. Época · P./J. 4/2013 (9a.) · Pleno

INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL. EL ARTÍCULO 43, FRACCIONES V Y VI, DEL CÓDIGO DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES DE LA ENTIDAD, AL PREVER LA EXISTENCIA DE LAS COMISIONES DE FISCALIZACIÓN Y DE NORMATIVIDAD Y TRANSPARENCIA, NO VIOLA LA AUTONOMÍA DE LA UNIDAD TÉCNICA ESPECIALIZADA DE FISCALIZACIÓN.

Constitucional y Amparo Electoral
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Texto de la tesis

El citado precepto prevé en sus fracciones V y VI, respectivamente, la existencia de las Comisiones Permanentes de Fiscalización y de Normatividad y Transparencia del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal; por su parte, de los artículos 36, 37 y 42 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la entidad, deriva que el Consejo General es el órgano superior de dirección de ese organismo y que dentro de su organización están las "Comisiones", las cuales son instancias colegiadas con facultades de deliberación, opinión y propuesta, con carácter permanente o pr...

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