IUSera
Registro digital 159813 · Tesis aislada · 10a. Época · VI.1o.C.50 C · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO.

PRUEBAS EN UN INCIDENTE DERIVADO DE UN PROCEDIMIENTO CIVIL. NO PUEDEN TOMARSE EN CUENTA EN EL JUICIO PRINCIPAL, PORQUE SE VIOLARÍA EL PRINCIPIO DE IGUALDAD PROCESAL (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).

Civil y Familiar Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Del artículo 634 del Código de Procedimientos Civiles se desprende que los incidentes promovidos en un procedimiento civil se tramitan por pieza separada, en el que se les corre traslado a las partes, se les da oportunidad de ofrecer pruebas, formular alegatos y, finalmente, el Juez dicta la interlocutoria correspondiente. En tal virtud, las pruebas ofrecidas, admitidas y desahogadas dentro de un incidente, aunque se encuentren relacionadas con el juicio en lo principal, son ajenas a éste, porque las actuaciones y pruebas que se hayan desahogado en él sólo tienen por objeto acreditar la acción...

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